DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION NACIONAL
CONSTITUYENTE 1957
TOMO I: 30 de agosto al 23 de setiembre
Congreso de la Nación, Bs As, 1ra edición 1958, 27.5x20,
750 pp. Tapa blanda con solapas, rustica original de editor, ejemplar nuevo, excelente estado. ISBN
La reforma de la Constitución Argentina de 1957 fue realizada
durante la dictadura militar autodenominada Revolución Libertadora.
La reforma convalidó la derogación por proclama militar de las reformas
constitucionales de 1949 e incorporó a la Constitución Argentina un
artículo nuevo conocido como artículo
14 bis referido. La Convención Constituyente que la realizó fue elegida
en elecciones no libres, rechazada por el voto en blanco de un amplio sector de la ciudadanía y
cuestionada en su legitimidad por diversos sectores, disolviéndose por falta
de quorum sin haber
finalizado su agenda de trabajo.
El 12 de abril de 1957 el dictador
Aramburu, en "ejercicio de los poderes revolucionarios", emitió el
decreto 3838, declarando la necesidad de reformar la Constitución y convocando
a elegir el 28 de julio de 1957, mediante el sistema de representación
proporcional, una Convención Constituyente que debería reunirse en la ciudad
de Santa Fe. Mediante dicho decreto, la dictadura estableció también los
artículos y contenidos que debía examinar la convención para su reforma,
imponiéndole un lapso de 45 días con caducidad automática, sorprendentemente
breve para realizar la tarea. Se prohibió la participación en las elecciones
del Partido Peronista.
El 28 de julio de 1957 se realizaron
elecciones. La población peronista votó en blanco siguiendo las instrucciones
de Perón, constituyéndose en la fuerza más numerosa y cuestionando así la
representatividad de la Convención, pero ello también debilitaría a los
partidos que se presentaron para cuestionar la legitimidad de la reforma constitucional.
Luego del voto en blanco (2,11 millones), los dos partidos más votados fueron
la UCRP (2,1 millones) y la UCRI (1,8 millones), pero este último obtuvo la
mayor cantidad de convencionales, con 77 escaños, contra 75 del radicalismo del
pueblo.
Los
partidos políticos que apoyaban la reforma (UCRP, PS, PDC, PDP, PD, PDC, PC,
PCI y el bloque de centro) alcanzaron 123 bancas, mientras que los partidos que
estaban en contra de la reforma (UCRI, PL, PdelosT, UF) obtuvieron 82 bancas.
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